MERCANTILES

Artículo IUS 810147. REMATES.

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

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Texto Legal

REMATES.

La celebración de un remate, no causa al propietario daños de difícil reparación, puesto que en caso de que se conceda el amparo, tal celebración no pone obstáculos para que puedan volver las cosas al estado que tenían antes de la violación alegada, siendo por tanto improcedente la suspensión.

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Registro digital (IUS): 810147

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Pleno

Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXII; Pág. 25

Precedentes

Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 4185/27. Ortiz Ponce Ismael. 3 de enero de 1928. Mayoría de siete votos. Ausentes: Ricardo B. Castro y Gustavo A. Vicencio. Disidente: Sabino M. Olea y Gustavo A. Vicencio. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 810147 del MERCANTILES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 810147 de la J. Mercantiles SCJN?

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