Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala
El mandatario, al efectuar un cobro, no puede disponer de lo que reciba en virtud del mandato, so pena de incurrir en la consiguiente responsabilidad, por abuso de confianza.
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Registro digital (IUS): 810153
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 2356
Amparo penal en revisión 3499/28. Martínez de Castro Ignacio. 30 de abril de 1929. Mayoría de tres votos. Disidentes: Fernando de la Fuente y Carlos Salcedo. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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