Tesis aislada · Quinta Época · Pleno
La sentencia que decida el incidente de oposición a la partición, no puede considerarse como definitiva, puesto que no decide el negocio principal, esto es, no concluye la sucesión, sino que sólo establece el derecho en cuanto a la aplicación de bienes. En los juicios sucesorios, no hay otra sentencia definitiva que la relativa a la partición y división de todos los bienes que forman el acervo hereditario, porque es la única que pone fin al juicio.
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Registro digital (IUS): 810260
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Pleno
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXI; Pág. 1354
Amparo civil en revisión 1246/27. Aguilar Silviana, sucesión de. 18 de noviembre de 1927. Unanimidad de nueve votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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