MERCANTILES

Artículo IUS 810319. AMPARO CIVIL.

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

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Texto Legal

AMPARO CIVIL.

Si no se expresa agravio alguno contra el fallo que se recurre en amparo, la demanda resulta improcedente y debe sobreseerse.

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Registro digital (IUS): 810319

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Pleno

Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo X; Pág. 125

Precedentes

Amparo civil directo. Brihuega Salvador. 10 de enero de 1922. Mayoría de cinco votos. El Ministro enrique Moreno, no asistió a la sesión, por las razones que constan en el acta del día. Ausente: Agustín Urdapilleta. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 810319 del MERCANTILES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 810319 de la J. Mercantiles SCJN?

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