Tesis aislada · Quinta Época · Pleno
Teniendo en ellas los socios, una responsabilidad ilimitada y solidaria, la prohibición que para otorgar fianzas se establezca en la escritura social, respecto de los socios, debe considerarse que existe también para la sociedad; y, por tanto, las fianzas que otorgue son ineficaces, sin perjuicio de la responsabilidad de los socios gerentes, que intervengan en el otorgamiento.
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Registro digital (IUS): 810457
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Pleno
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIX; Pág. 639
Queja en amparo civil 160/26. Casanova José Guadalupe. 4 de octubre de 1926. Unanimidad de ocho votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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