Tesis aislada · Quinta Época · Pleno
Puede exigirse al acusado, ya sea que en el proceso criminal se le absuelva o se le condene; por tanto, no se afectan los intereses de carácter civil del acusador o denunciante, porque se declare que no hay delito que perseguir.
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Registro digital (IUS): 810530
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Pleno
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVIII; Pág. 696
Queja en amparo civil 250/25. Mexican Petroleum Company. 5 de abril de 1926. Mayoría de cinco votos. Disidentes: Sabino M. Olea, Jesús Guzmán Vaca y Ernesto Garza Pérez. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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