MERCANTILES

Artículo IUS 810560. FIADOR JUDICIAL.

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

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Texto Legal

FIADOR JUDICIAL.

Los Jueces tienen el derecho de rechazar al fiador que se proponga, si en su concepto no es idóneo.

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Registro digital (IUS): 810560

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Pleno

Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo X; Pág. 511

Precedentes

Queja en amparo civil. Schulze de Quiroz María. 1o. de marzo de 1922. Unanimidad de ocho votos. Los Ministros Gustavo A. Vicencio, Benito Flores y Alberto M. González no estuvieron presentes, por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 810560 del MERCANTILES?

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 810560 de la J. Mercantiles SCJN?

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