MERCANTILES

Artículo IUS 810624. AMPARO CIVIL.

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

scjn-jurisprudencias-mercantilestesis_aisladaquinta-Épocacivil

Texto Legal

AMPARO CIVIL.

Siendo de estricto derecho, la Corte no puede entrar a estimar cuestiones para las que necesitaría suplir la deficiencia de la queja.

---

Registro digital (IUS): 810624

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Pleno

Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVI; Pág. 459

Precedentes

Amparo civil directo. Luján José María. 5 de marzo de 1925. Mayoría de diez votos, en cuanto al primer punto resolutivo. Disidente: Ricardo B. Castro. Mayoría de siete votos, en cuanto al segundo. Disidentes: Manuel Padilla, Salvador Urbina, Jesús Guzmán Vaca y Leopoldo Estrada. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 810624 del MERCANTILES?

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 810624 de la J. Mercantiles SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. IUS 810624 del MERCANTILES?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. IUS 810624 MERCANTILES desde tu celular