Tesis aislada · Quinta Época · Pleno
La jurisprudencia sostenida por algunas ejecutorias de la Corte, respecto de la improcedencia de la contrafianza, para dejar sin efecto la suspensión decretada contra un auto de lanzamiento, no tiene aplicación cuando esta diligencia es el resultado de la ejecución de una sentencia definitiva, y no la diligencia prejudicial que se dicta en el juicio de desocupación, por falta de pago de rentas.
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Registro digital (IUS): 810688
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Pleno
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VI; Pág. 74
Queja en materia civil. H. de Carpizo Ana María. 8 de enero de 1920. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: Agustín Urdapilleta y Patricio Sabido. La publicación no menciona el nombre del ponente
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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