Tesis aislada · Quinta Época · Pleno
Será competente para conocer de un juicio, si en el contrato no se ha hecho designación, el Juez del domicilio del deudor, sea cual fuere la acción que se ejercite, y los abonos en pago hechos por éste, no bastan para fijar la jurisdicción del Juez, pues la competencia se funda en disposiciones expresas de la ley, y no en inferencias de hechos.
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Registro digital (IUS): 810915
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Pleno
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIV; Pág. 1300
Competencia en amparo civil. Suscitada entre los Jueces, Séptimo de lo Civil de esta capital y de Primera Instancia del mismo Ramo, en Saltillo, Coahuila. 21 de abril de 1924. Unanimidad de diez votos. Excusa: Teófilo H. Orantes. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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