MERCANTILES

Artículo 29 . TESTIGOS, LA FALTA DE FIRMA DEL JUEZ EN LA PARTE DEL ACTA EN QUE SE ASENTO LA DECLARACION DE UNO DE LOS, NO BASTA PARA INVALIDAR ESE DICHO, SI AL FINAL DE LA DILIGENCIA RESPECTIVA APARECE AQUELLA FIRMA.

Tesis aislada · Octava Época · Tribunales Colegiados de Circuito

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Texto Legal

TESTIGOS, LA FALTA DE FIRMA DEL JUEZ EN LA PARTE DEL ACTA EN QUE SE ASENTO LA DECLARACION DE UNO DE LOS, NO BASTA PARA INVALIDAR ESE DICHO, SI AL FINAL DE LA DILIGENCIA RESPECTIVA APARECE AQUELLA FIRMA.

El artículo 370 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Jalisco, obliga al Juez a recibir la declaración de los testigos en un día, salvo en el caso que el propio precepto prevé, lo que significa que el desahogo de una prueba de esa naturaleza configura una sola diligencia, de naturaleza indivisible y de realización continua, es decir, que no puede fraccionarse sino que constituye un todo y concluye hasta que deponga la última de las personas que deba hacerlo. Luego, si la parte de la actuación en que asentó uno de los testimonios recibidos, no aparece signada por el Juez, pero éste, en unión del secretario, firmó al final de la misma acta, ello basta para considerar válido ese testimonio, dado que la firma estampada avala toda la diligencia practicada con motivo de la prueba.PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.

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Registro digital (IUS): 812005

Clave: 29

Fuente: Informes

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 8a. Época; T.C.C.; Informes; Informe 1988, Parte III; Pág. 595

Precedentes

Amparo directo 651/87. Manuel Chávez Galván. 11 de agosto de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: José Antonio Llanos Duarte. Secretario: Francisco Javier Villegas Hernández.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 29 del MERCANTILES?

Tesis aislada · Octava Época · Tribunales Colegiados de Circuito

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 29 de la J. Mercantiles SCJN?

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