MERCANTILES

Artículo 2 . ACTOS DE COMERCIO, LA LEGISLACION APLICABLE SUPLETORIAMENTE A LOS, ES EL CODIGO CIVIL FEDERAL.

Tesis aislada · Octava Época · Tribunales Colegiados de Circuito

scjn-jurisprudencias-mercantilestesis_aisladaoctava-Épocacivil

Texto Legal

ACTOS DE COMERCIO, LA LEGISLACION APLICABLE SUPLETORIAMENTE A LOS, ES EL CODIGO CIVIL FEDERAL.

Las disposiciones del derecho común cuya aplicación supletoria a los actos de comercio permite el artículo 2o. del Código de Comercio, son las del Código Civil Federal y no lasdel sustantivo civil local, puesto que la materia mercantil es federal, en los términos del artículo 73, fracción X, de la Constitución Federal. SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL TERCER CIRCUITO.

---

Registro digital (IUS): 812017

Clave: 2

Fuente: Informes

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 8a. Época; T.C.C.; Informes; Informe 1988, Parte III; Pág. 599

Precedentes

Amparo directo 254/86. Anacleto Guerra Tapia. 21 de septiembre de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Gilda Rincón Orta. Secretario: Enrique Gómez Mendoza.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 2 del MERCANTILES?

Tesis aislada · Octava Época · Tribunales Colegiados de Circuito

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 2 de la J. Mercantiles SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 2 del MERCANTILES?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 2 MERCANTILES desde tu celular