MERCANTILES

Artículo 21 . REMATES. DEBE DECLARARSE SU APROBACION EN FORMA EXPRESA.

Tesis aislada · Octava Época · Tribunales Colegiados de Circuito

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Texto Legal

REMATES. DEBE DECLARARSE SU APROBACION EN FORMA EXPRESA.

Los artículos 741 y 742 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Chihuahua, disponen que el Juez respectivo al verificarse la audiencia de remate, no sólo debe declararlo fincado en favor del postor para que cumpla los requisitos correspondientes, sino que debe aprobarlo en su caso en el mismo acto y una vez hecho lo anterior, prevenir al comprador para que consigne el precio del bien rematado ante el propio juzgado. Cuando no existe declaración expresa de que el remate se hubiera aprobado, es incorrecto estimar que el acto reclamado consistente en el acuerdo que declaró fincado el remate, es la resolución definitiva aprobatoria del mismo y que esta aprobación sea tácita, derivada del fincamiento del remate y adjudicación del bien, pues los preceptos citados son claros al establecer que el Juez deberá, en su caso, aprobar el remate cuya declaración debe hacerse expresamente, y en tanto tal determinación no se emita en la forma anotada, la adjudicación o el remate carecen de eficacia jurídica; además, el artículo 114, fracción III, último párrafo de la Ley de Amparo prevé que, tratándose de remates, el juicio de garantías sólo podrá promoverse ante el Juez de Distrito, contra la resolución definitiva en que se aprueben o desaprueben aquéllos.TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO SEPTIMO CIRCUITO.

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Registro digital (IUS): 812018

Clave: 21

Fuente: Informes

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 8a. Época; T.C.C.; Informes; Informe 1988, Parte III; Pág. 1052

Precedentes

Amparo en revisión 288/87. Enrique Díaz Calderón. 27 de noviembre de 1987. Unanimidad de votos. Ponente: Angel Gregorio Vázquez González. Secretaria: Blanca Estela Quezada Rojas.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 21 del MERCANTILES?

Tesis aislada · Octava Época · Tribunales Colegiados de Circuito

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 21 de la J. Mercantiles SCJN?

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