Tesis aislada · Sexta Época · Tercera Sala
La indemnización a la víctima del daño, que sufra varias incapacidades parciales permanentes, que implique, imposibilidad para desempeñar tanto cualquier trabajo, como también imposibilidad, para desempeñar una profesión determinada, como la de pianista, en la especie, debe comprender la que se refiere a ambas. Artículo 1915 del Código Civil y artículos 294, 301, 322 y 327 de la Ley Federal del Trabajo, de aplicación supletoria.
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Registro digital (IUS): 812616
Fuente: Informes
Instancia: Tercera Sala
Localización: [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; Informes; Informe 1963; Pág. 28
Amparo directo 6782/61. Flor de María Conde Camacho. 4 de septiembre de 1963 Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Castro Estrada.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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