Tesis aislada · Sexta Época · Tercera Sala
Las modalidades lícitas de la compraventa mercantil no pueden llegar hasta poder alterar el procedimiento que establece el Código de Comercio, y señalar en el contrato la vía en que el juicio ha de tramitarse.
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Registro digital (IUS): 813532
Fuente: Informes
Instancia: Tercera Sala
Localización: [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; Informes; Informe 1961; Pág. 43
Amparo directo 6891/59. Anáhuac Machinery Company, S. A. 30 de junio de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Gabriel García Rojas. Relator: José Castro Estrada.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. IUS 813534. COMPRAVENTA, NO INCURRE EN MORA EL CESIONARIO DEL COMPRADOR QUE NO PAGA LOS ABONOS EN EL DOMICILIO DE LA VENDEDORA COMO SE HABIA CONVENIDO, CUANDO ESTA NO LE NOTIFICA FORMALMENTE EL CAMBIO DE DOMICILIO; LOS AVISOS PUBLICADOS EN LOS PERIODICOS ANUNCIANDO DICHO CAMBIO, NO HACEN LAS VECES DE NOTIFICACIONES.
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