MERCANTILES

Artículo IUS 813540. INFORMACION AD PERPETUAM, VALOR PROBATORIO DE LA.

Tesis aislada · Sexta Época · Tercera Sala

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Texto Legal

INFORMACION AD PERPETUAM, VALOR PROBATORIO DE LA.

La información ad perpetuam, que sólo se decreta cuando se trata de acreditar algún hecho o justificar un derecho, en los que no tenga interés más que la persona que la solicita no puede surtir efectos definitivos contra tercero, ni puede ser estimada en juicio contradictorio, como una información testimonial ofrecida y rendida con arreglo a la ley, puesto que la misma ordena que esa clase de pruebas se rindan siempre con citación contraria, entregando una copia del interrogatorio a la contraparte, para que ejercite el derecho de preguntar a los testigos.

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Registro digital (IUS): 813540

Fuente: Informes

Instancia: Tercera Sala

Localización: [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; Informes; Informe 1959; Pág. 77

Precedentes

Amparo directo 3255/58. Blas Almeida y coagraviados. 20 de julio de 1959. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 813540 del MERCANTILES?

Tesis aislada · Sexta Época · Tercera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 813540 de la J. Mercantiles SCJN?

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