MERCANTILES

Artículo IUS 813712. ACCION REIVINDICATORIA. EDIFICACIONES DEL POSEEDOR DE MALA FE.

Tesis aislada · Sexta Época · Tercera Sala

scjn-jurisprudencias-mercantilestesis_aisladasexta-Épocacivil

Texto Legal

ACCION REIVINDICATORIA. EDIFICACIONES DEL POSEEDOR DE MALA FE.

Resulta evidente que habiendo quedado firme la sentencia impugnada por lo que se refiere a la procedencia de la acción reivindicatoria ejercitada en el caso, al no haber sido reclamado en dicho punto, es improcedente la condena al pago de la construcción, por no tener aplicación el artículo 935 del Código Civil, que determina la indemnización para el que edifica de buena fe, cuando los bienes reivindicados se restituyen al propietario; y tiene en cambio vigencia indudable el artículo 936 del ordenamiento sustantivo (del Estado de Veracruz), que establece que quien edifica en terreno ajeno, si procede de mala fe, pierde lo que haya construido y no tiene derecho a ser indemnizado. Al proceder la acción reivindicatoria queda excluida la posibilidad de que sean pagadas al poseedor de mala fe, las construcciones hechas.

---

Registro digital (IUS): 813712

Fuente: Informes

Instancia: Tercera Sala

Localización: [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; Informes; Informe 1960; Pág. 22

Precedentes

Amparo directo 225/59. Castañeda Saldívar Carlos Humberto. 16 de marzo de 1960. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 813712 del MERCANTILES?

Tesis aislada · Sexta Época · Tercera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 813712 de la J. Mercantiles SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. IUS 813712 del MERCANTILES?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. IUS 813712 MERCANTILES desde tu celular