Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala
No basta para demostrar esa defensa, el que se pronuncie resolución ejecutoria que absuelva a dicho aceptante del delito de falsedad en declaraciones judiciales seguido en su contra por haber negado que era suya dicha firma, sino que es necesario que se pronuncie, por la autoridad penal respectiva, sentencia en que se declare la falsedad de la relacionada firma.
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Registro digital (IUS): 813918
Fuente: Informes
Instancia: Tercera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; Informes; Informe 1942; Pág. 35
Amparo directo 613/35. Elizardo Alvarez. 7 de agosto de 1942. Mayoría de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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