MERCANTILES

Artículo IUS 813939. REPARACION DEL DAÑO CAUSADO.

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

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Texto Legal

REPARACION DEL DAÑO CAUSADO.

Conforme a la fracción III, del artículo 11 del Código de Defensa Social del Estado de Chihuahua, el patrón está obligado a la reparación del daño causado por sus trabajadores, cuando éste tiene lugar con motivo y en el desempeño de los servicios que tales trabajadores presentan.

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Registro digital (IUS): 813939

Fuente: Informes

Instancia: Tercera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; Informes; Informe 1942; Pág. 52

Precedentes

Amparo directo 5304/41. Ramón Baca Jr. 23 de octubre de 1942. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 813939 del MERCANTILES?

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 813939 de la J. Mercantiles SCJN?

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