MERCANTILES

Artículo IUS 814223. RESCISION DE CONTRATO CELEBRADO PARA LA EJECUCION DE UNA OBRA.

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

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Texto Legal

RESCISION DE CONTRATO CELEBRADO PARA LA EJECUCION DE UNA OBRA.

Tratándose de un contrato relativo a la perforación de un pozo para irrigación, que no fue cumplido, y cuya rescisión se demanda por la parte actora, es competente para conocer del juicio relativo al Juez que ejerce jurisdicción territorial en el lugar en que debió efectuarse la obra, que fue el señalado para el cumplimiento de dicho contrato, conforme a lo determinado por los artículos 185 y 156 de los Códigos de Procedimientos Civiles del Estado de Sonora y del Distrito Federal, en sus fracciones segundas, en cuanto a que se surte ese fuero también para el caso de rescisión o nulidad del propio contrato.

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Registro digital (IUS): 814223

Fuente: Informes

Instancia: Pleno

Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; Informes; Informe 1952; Pág. 65

Precedentes

Competencia 105/46. Suscitada entre el Juez Primero de lo Civil de esta capital y el Juez de Primera Instancia de Cajeme, Estado de Sonora. 21 de noviembre de 1951. Unanimidad de dieciocho votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

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