Tesis aislada · Quinta Época · Sala Auxiliar
Como ellas no celebran un contrato de arrendamiento que les transmita el uso o goce de la cosa con eliminación de los propietarios, sino simplemente son partes en un contrato de transporte, no sería legal pretender hacerlas responsables de los daños que tales vehículos causen.
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Registro digital (IUS): 814825
Fuente: Informes
Instancia: Sala Auxiliar
Localización: [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; Informes; Informe 1953; Pág. 72
Amparo directo 6884/40. Agencia Eusebio Gayosso, S. A. 31 de julio de 1953. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Juan José González Bustamante. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. IUS 814822. QUERELLA. ILICITUD CIVIL DE LA. CUANDO EL INCULPADO RESULTA ABSUELTO. LEGISLACION DE TAMAULIPAS.
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Art. IUS 814829. RETROACTIVIDAD, NO LA HAY SI A UN DEPOSITO BANCARIO, CONSTITUIDO ANTES DE ENTRAR EN VIGOR LA LEY DE TITULOS DE CREDITO, SE LE APLICA ESTA, POR SER LA LEY VIGENTE CUANDO SE ENTABLO LA DEMANDA PARA LA DEVOLUCION DEL DEPOSITO.
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