Tesis aislada · Quinta Época · Sala Auxiliar
Las llamadas promesas de venta que contienen obligaciones de dar, satisfacen, los elementos necesarios para la existencia de la compraventa, independientemente de la terminología defectuosa que se hubiese empleado al redactarlas; por ello, si el contrato contiene obligaciones como la de pagar el precio y entregar la cosa debe considerarse como compraventa.
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Registro digital (IUS): 814986
Fuente: Informes
Instancia: Sala Auxiliar
Localización: [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; Informes; Informe 1954; Pág. 21
Amparo directo 8636/49. Ruiz Echeverría Fernando y Montes de Oca de Ruiz Echeverría Antonia Carmen. 21 de enero de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ausente y ponente: Mariano Azuela.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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