Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala
Como única prueba con valor legal de la filiación legítima, se presentó la partida de nacimiento de Carlos Ríos; pero, como en el caso concreto, no solamente se cuestionaba la validez del matrimonio, sino que aun se negaba su existencia, por mayoría de razón era necesario que se presentara el acta de matrimonio, como complemento de la partida de nacimiento, a fin de tener por bien probada la filiación.
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Registro digital (IUS): 815008
Fuente: Informes
Instancia: Tercera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; Informes; Informe 1930; Pág. 126
Amparo 3813/28. Elisa Ríos, albacea de la sucesión de Carlota González viuda de Ríos. La publicación no menciona la fecha de resolución, el sentido de la votación ni el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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