MERCANTILES

Artículo IUS 815191. COSTAS. DEBEN IMPONERSE LAS DE AMBAS INSTANCIAS AL VENCIDO EN DOS SENTENCIAS CONFORMES, YA SE TRATE DEL ACTOR O DEL REO.

Tesis aislada · Quinta Época · Sala Auxiliar

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Texto Legal

COSTAS. DEBEN IMPONERSE LAS DE AMBAS INSTANCIAS AL VENCIDO EN DOS SENTENCIAS CONFORMES, YA SE TRATE DEL ACTOR O DEL REO.

Con apoyo en el criterio que ha sustentado este Alto Tribunal respecto de los artículos 1084 del Código Mercantil y 140 del Procesal Civil del Distrito Federal. (tesis 311 y 316 del Apéndice al Tomo XCVII del Semanario Judicial; directos 788/51, Plácida González viuda de Rosas, y 8883/45, Samuel Grapa Sokol), para la imposición de las costas, es irrelevante que quien sucumbe haya asumido el papel de actor o el de demandado, siempre que el litigante sea vencido en dos fallos totalmente coincidentes, con arreglo a los puntos resolutivos que no decidan el tema de la costas.

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Registro digital (IUS): 815191

Fuente: Informes

Instancia: Sala Auxiliar

Localización: [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; Informes; Informe 1954; Pág. 30

Precedentes

Amparo directo 5458/51. "Almacenes de Perote", S. A. 16 de febrero de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Rafael Matos Escobedo. Ponente: Angel González de la Vega.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 815191 del MERCANTILES?

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