MERCANTILES

Artículo IUS 815316. ADMISION DE LA CONTRAFIANZA TRATANDOSE DE LA DEMOLICION DEL LOCAL ARRENDADO.

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

scjn-jurisprudencias-mercantilestesis_aisladaquinta-Épocacivil

Texto Legal

ADMISION DE LA CONTRAFIANZA TRATANDOSE DE LA DEMOLICION DEL LOCAL ARRENDADO.

Concedida la suspensión, para el efecto de que el agraviado en el amparo no sea desposeído de la finca que ocupe en el arrendamiento; el tercero perjudicado ofrezca contrafianza y el agraviado se oponga, fundándose en que aquel pretende derribar el edificio en que se encuentra el referido local, es procedente la admisión de la referida contragarantía.

---

Registro digital (IUS): 815316

Fuente: Informes

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; Informes; Informe 1946; Pág. 24

Precedentes

Queja 507/46. Carredano Juan. 9 de noviembre de 1946. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 815316 del MERCANTILES?

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 815316 de la J. Mercantiles SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. IUS 815316 del MERCANTILES?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. IUS 815316 MERCANTILES desde tu celular