MERCANTILES

Artículo 30 . CUMPLIMIENTO FORZADO, ACCION DE. REQUISITO DE PROCEDENCIA.

Jurisprudencia · Séptima Época · Tercera Sala

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Texto Legal

CUMPLIMIENTO FORZADO, ACCION DE. REQUISITO DE PROCEDENCIA.

Tratándose, como en el caso, de contratos que impliquen derechos y obligaciones recíprocas entre las partes, para que proceda la acción que concede el artículo 1949 del Código Civil del Distrito Federal a una de las partes para exigir de la otra el cumplimiento total, es necesario que la demandante justifique hallarse previamente al corriente en el cumplimiento de las obligaciones que le corresponden conforme al contrato.

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Registro digital (IUS): 815645

Clave: 30

Fuente: Informes

Instancia: Tercera Sala

Localización: [J]; 7a. Época; 3a. Sala; Informes; Informe 1980, Parte II; Pág. 36

Precedentes

Amparo directo 78/50. Rendón Dolores viuda de García. 14 de abril de 1953. Cinco votos. Ponente: Angel González de la Vega. Secretario: Jesús Toral Moreno.Amparo directo 296/50. Melgar Reyes Gonzalo. 14 de abril de 1953. Cinco votos. Ponente: Angel González de la Vega. Secretario: Jesús Toral Moreno.Amparo directo 161/72. Industria Petroquímica Nacional, S. A. 18 de noviembre de 1974. Cinco votos. Ponente: Rafael Rojina Villegas. Secretario: Jaime M. Marroquín Zaleta.Amparo directo 2279/76. Asesoramiento Profesional de Crédito, S. A. 3 de mayo de 1979. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: J. Alfonso Abitia Arzapalo. Secretario: Pedro Elías Soto Lara.Amparo directo 1856/75. Industria Petroquímica Nacional, S. A. 24 de marzo de 1980. Cinco votos. Ponente: Raúl Lozano Ramírez. Secretario: Pedro Reyes Colín.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 30 del MERCANTILES?

Jurisprudencia · Séptima Época · Tercera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 30 de la J. Mercantiles SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

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