MERCANTILES

Artículo IUS 815687. DEMANDA IMPROCEDENTE.

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

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Texto Legal

DEMANDA IMPROCEDENTE.

En vista de que el actor presentó su demanda ante un Juez de primera instancia local y no ante esta Suprema Corte de Justicia, y ni siquiera la ratificó ante este Alto Cuerpo; y en vista también de que dicha parte no cumplió en sus términos lo dispuesto por el artículo 286, fracción III, del Código Federal de Procedimientos Civiles, supuesto que a pesar de que por equidad se dispuso que fuera requerida para que exhibiera las copias simples para el traslado, lo hizo extemporáneamente, no es procedente admitir dicha demanda.

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Registro digital (IUS): 815687

Fuente: Informes

Instancia: Pleno

Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; Informes; Informe 1947; Pág. 219

Precedentes

Amparo 10/45. César Amalia viuda de Aparicio. Unanimidad de quince votos. La publicación no menciona la fecha de resolución del asunto ni el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 815687 del MERCANTILES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 815687 de la J. Mercantiles SCJN?

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