MERCANTILES

Artículo IUS 815915. DILACION PROBATORIA.

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

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Texto Legal

DILACION PROBATORIA.

La circunstancia de haberse recibido erróneamente por el Juez una prueba fuera de la dilación probatoria, sin que se haya sustanciado el incidente ordenado por los artículos 228 y 230 del Código Federal de Procedimientos Civiles, no autoriza al Juez para cometer el nuevo error de examinar dicha prueba.

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Registro digital (IUS): 815915

Fuente: Informes

Instancia: Tercera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; Informes; Informe 1944; Pág. 35

Precedentes

Amparo directo 1803/43. Ferrocarriles Nacionales de México. 31 de enero de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Emilio Pardo Aspe. La publicación no menciona el nombre del ponente

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 815915 del MERCANTILES?

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 815915 de la J. Mercantiles SCJN?

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