Tesis aislada · Quinta Época · Pleno
Prueba su existencia el conjunto de presunciones que emanan de una información testimonial, en el cual los testigos declararon uniformemente respecto de que el autor de la herencia residió en un lugar determinado, donde habitó una casa que fue asiento de sus negocios, y donde constituyó el domicilio conyugal; del contenido de un certificado del presidente Municipal, referente al mismo domicilio a que alude la información; del hecho de que la esposa continúe habitando la misma casa conyugal a que se refieren los testigos y el presidente Municipal, como habitación del autor de la herencia, casa en la cual se encontraron los libros de contabilidad y archivo de la correspondencia, muebles y semovientes de la propiedad del extinto, según consta del acta relativa a la diligencia de aseguramiento; y, finalmente, del acta de defunción que prueba que el autor de la herencia fue muerto en las cercanías de la ciudad donde estuvo domiciliado.
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Registro digital (IUS): 815995
Fuente: Informes
Instancia: Pleno
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; Informes; Informe 1938; Pág. 107
Competencia 90/37. Suscitada entre el Juez Primero del Ramo Civil de san Luis Potosí y de Primera Instancia de Ciudad González, Guanajuato. Unanimidad de diecisiete votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca, Tomo II, página 1230, tesis de rubro "ULTIMO DOMICILIO DEL AUTOR DE LA HERENCIA.".
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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