MERCANTILES

Artículo IUS 816178. PROMESA DE VENTA. PRESCRIPCION DEL CONTRATO.

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

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Texto Legal

PROMESA DE VENTA. PRESCRIPCION DEL CONTRATO.

Las condiciones resolutorias no se presumen, sino que deben ser expresas conforme al artículo 1839 del Código Civil. Son contradictorias de la nulidad de las obligaciones con la inexistencia de las mismas. El error de hecho en prometer en venta una superficie determinada de terreno antes de estar concluidas las tramitaciones de dotación de ejidos a los pueblos, tiene que probarse para fundar la nulidad del consentimiento en el contrato.

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Registro digital (IUS): 816178

Fuente: Informes

Instancia: Tercera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; Informes; Informe 1944; Pág. 57

Precedentes

Amparo directo 1121/43. López y Tolsa Alejandro. 17 de octubre de 1944. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 816178 del MERCANTILES?

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 816178 de la J. Mercantiles SCJN?

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