MERCANTILES

Artículo IUS 816437. ENDOSO.

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

scjn-jurisprudencias-mercantilestesis_aisladaquinta-Épocacivil

Texto Legal

ENDOSO.

El endoso de los documentos mercantiles, cuando expresa "valor recibido", es regular, pues debe entenderse que el valor recibido lo fue en efectivo, de conformidad con el artículo 478 del Código de Comercio, que sí es aplicable al endoso, porque lo dispuesto en él no entraña una excepción y, en tal virtud, su aplicación no es limitativa.

---

Registro digital (IUS): 816437

Fuente: Informes

Instancia: Tercera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; Informes; Informe 1931; Pág. 171

Precedentes

Amparo 3411/30/3a. González Lucio. Nota: Los datos del asunto en que se sostiene esta tesis así aparecen publicados en el informe.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 816437 del MERCANTILES?

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 816437 de la J. Mercantiles SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. IUS 816437 del MERCANTILES?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. IUS 816437 MERCANTILES desde tu celular