MERCANTILES

Artículo IUS 816462. RESCISION DE UN CONTRATO.

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

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Texto Legal

RESCISION DE UN CONTRATO.

Sólo tiene lugar a virtud del incumplimiento culpable de parte de uno de los obligados, y no cuando ese incumplimiento es originado por caso fortuito, fuerza mayor o actos del contratante.

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Registro digital (IUS): 816462

Fuente: Informes

Instancia: Tercera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; Informes; Informe 1931; Pág. 182

Precedentes

Amparo 3318/30/1a. N. Acosta Emilio. Nota: Los datos del asunto en que se sostiene esta tesis así aparecen publicados en el informe.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 816462 del MERCANTILES?

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 816462 de la J. Mercantiles SCJN?

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