Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala
No es absoluta la tesis de que el mismo causa definitividad, pues en algunos procedimientos, como en el ejecutivo, la ley no limita la naturaleza de las excepciones que pueden oponerse y, por tanto, también puede referirse a la vía, y por ello en este caso, la sentencia debe ocuparse preferentemente de este punto.
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Registro digital (IUS): 816835
Fuente: Informes
Instancia: Tercera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; Informes; Informe 1938; Pág. 20
Recurso de revisión 1983/36. González Silviano, sucesión. 21 de marzo de 1938. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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