MERCANTILES

Artículo IUS 816841. EJECUCION DE CONVENIO JUDICIAL.

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

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Texto Legal

EJECUCION DE CONVENIO JUDICIAL.

No puede suspenderse a pretexto de que están pendientes de aprobarse las cuentas del depositario, porque en caso de reposición de la cuenta quedan vivas las acciones pertinentes.

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Registro digital (IUS): 816841

Fuente: Informes

Instancia: Tercera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; Informes; Informe 1938; Pág. 31

Precedentes

Recurso de revisión 4338/36. Calvo José María. 19 de agosto de 1938. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 816841 del MERCANTILES?

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 816841 de la J. Mercantiles SCJN?

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