Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala
Si el quejoso no expresa el concepto por el cual estime que se violan en su perjuicio garantías individuales ni cuál sea la ley infringida, no aplicada o aplicada inexactamente, debe negarse la protección federal, por no poder suplirse en materia civil la deficiencia de la queja.
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Registro digital (IUS): 816860
Fuente: Informes
Instancia: Tercera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; Informes; Informe 1946; Pág. 28
Amparo directo 5866/42. Sánchez Sordo Joaquín. 19 de septiembre de 1946. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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