MERCANTILES

Artículo IUS 816947. EXCEPCIONES PERSONALES CONTRA LA ACCION CAMBIARIA. SU PROCEDENCIA.

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

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Texto Legal

EXCEPCIONES PERSONALES CONTRA LA ACCION CAMBIARIA. SU PROCEDENCIA.

Las excepciones personales a que se refiere la fracción XI del artículo 8o. de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, son admisibles cuando no ha entrado en circulación el título fundatorio de la acción ejercitada, pudiendo apoyarlas la parte demandada, en la falta de relación causal que hubiere dado origen a la emisión de dicho título.

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Registro digital (IUS): 816947

Fuente: Informes

Instancia: Tercera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; Informes; Informe 1949; Pág. 35

Precedentes

Amparo directo 2527/47. García Carvajal Ricardo. 14 de febrero de 1949. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 816947 del MERCANTILES?

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 816947 de la J. Mercantiles SCJN?

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