MERCANTILES

Artículo IUS 816950. INFORMACION ADPERPETUAM, SU VALOR PROBATORIO.

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

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Texto Legal

INFORMACION ADPERPETUAM, SU VALOR PROBATORIO.

La información adperpetuam sólo se decreta cuando se trata de acreditar algún hecho o justificar un derecho, en los que no tenga interés mas que la persona que la solicita, no puede surtir efectos definitivos contra tercero ni puede ser estimada en juicio contradictorio, como una información testimonial ofrecida con arreglo a la ley, puesto que la misma ordena que esa clase de pruebas se rindan siempre con citación contraria.

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Registro digital (IUS): 816950

Fuente: Informes

Instancia: Tercera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; Informes; Informe 1949; Pág. 36

Precedentes

Amparo directo 1693/44. Espinosa Lauro. 8 de abril de 1949. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 816950 del MERCANTILES?

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 816950 de la J. Mercantiles SCJN?

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