MERCANTILES

Artículo IUS 817060. NOTIFICACIONES.

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

scjn-jurisprudencias-mercantilestesis_aisladaquinta-Épocacivil

Texto Legal

NOTIFICACIONES.

No basta que las partes señalen casa para oír notificaciones en el lugar donde se sigue el juicio, sino que es necesario que la señalen en el nuevo lugar a que, por cualquier causa pasen los autos, como lo previene el artículo 69 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León.

---

Registro digital (IUS): 817060

Fuente: Informes

Instancia: Tercera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; Informes; Informe 1945; Pág. 49

Precedentes

Amparo directo 347/43. Guzmán de Leal Celsa y coagraviadas. 2 de julio de 1945. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Carlos I. Meléndez.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 817060 del MERCANTILES?

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 817060 de la J. Mercantiles SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. IUS 817060 del MERCANTILES?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. IUS 817060 MERCANTILES desde tu celular