Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala
Los abuelos no están obligados a ministrar alimentos a los nietos, cuando los padres están en capacidad de hacerlo.
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Registro digital (IUS): 817158
Fuente: Informes
Instancia: Tercera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; Informes; Informe 1934; Pág. 25
Amparo directo 4549/30. Murad Antonio . 2 de febrero de 1934. La publicación no menciona el sentido de la votación ni el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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