Tesis aislada · Quinta Época · Pleno
La posesión de los lotes, en los que se encuentran las casas que los actores afirman que son de su propiedad (posesión que, según parece, tienen los demandados por virtud de habérsela concedido el Gobierno Federal mediante determinados requisitos y el pago de una renta), no basta para que el asunto sea de la competencia federal. Tales hechos y circunstancias podrán ser expuestas en el juicio, por los demandados, en defensa de sus intereses y para destruir la acción intentada en su contra; pero es a ellos a quienes incumbe esa defensa o excepción, lo cual demuestra que no existe en el caso interés alguno de la Federación, la cual no figura como actora ni como demandada; y como, además, no se trata de la aplicación de ley federal en los términos de la fracción I del artículo 104 de la Constitución, ni de caso alguno de los que especifica el artículo 40 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, resulta claro que la competencia para conocer del juicio, radica en el fuero común.
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Registro digital (IUS): 817230
Fuente: Informes
Instancia: Pleno
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; Informes; Informe 1933; Pág. 89
Competencia. Suscitada entre los Jueces Primero de Distrito del Estado de Chihuahua y Menor de la ciudad de Chihuahua. La publicación no menciona la fecha de resolución, el sentido de la votación ni el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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