MERCANTILES

Artículo IUS 817256. PROCEDENCIA DE LA INHIBITORIA, A PESAR DE HABERSE HECHO USO DE LA DECLINATORIA.

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

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Texto Legal

PROCEDENCIA DE LA INHIBITORIA, A PESAR DE HABERSE HECHO USO DE LA DECLINATORIA.

El artículo 36 del Código Federal de Procedimientos Civiles dispone que cuando se hubiera optado por uno de los medios mencionados, no se podrá abandonarlo para recurrir al otro, ni emplear los dos sucesivamente, debiendo pasar por el resultado de aquel al que se haya dado la preferencia; pero también ordena que "aunque se haya promovido la declinatoria, a instancia de parte podrá promoverse de oficio la inhibitoria, en los casos de competencias entre Jueces federales y locales".

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Registro digital (IUS): 817256

Fuente: Informes

Instancia: Pleno

Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; Informes; Informe 1933; Pág. 94

Precedentes

Competencia. Suscitada entre los Jueces Primero de Distrito del Estado de Puebla y Tercero de lo Civil de la capital de esa entidad federativa. La publicación no menciona la fecha de resolución, el sentido de la votación ni el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 817256 del MERCANTILES?

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 817256 de la J. Mercantiles SCJN?

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