MERCANTILES

Artículo IUS 817311. EJECUCION DE SENTENCIA DECLARATIVA.

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

scjn-jurisprudencias-mercantilestesis_aisladaquinta-Épocacivil

Texto Legal

EJECUCION DE SENTENCIA DECLARATIVA.

No procede solicitar, en los términos del artículo 759 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Tamaulipas, ejecución de sentencia, cuando ésta solo es declarativa, al resolver que el actor, en el juicio en que se dictó sentencia, tienen derecho, como heredero, a alguna parte de la herencia, ya que la misma sentencia únicamente da derecho al actor para que, dentro del juicio sucesorio haga valer su calidad de heredero, razones por las que es violatoria de las garantías constitucionales la interlocutoria pronunciada en el incidente de ejecución de sentencia que ordena al demandado, hacer entrega al actor, de un bien determinado de la herencia.

---

Registro digital (IUS): 817311

Fuente: Informes

Instancia: Tercera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; Informes; Informe 1934; Pág. 37

Precedentes

Amparo en revisión 14629/32. Garza Treviño Pedro, hijo. 1o. de junio de 1934. La publicación no menciona el sentido de la votación ni el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 817311 del MERCANTILES?

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 817311 de la J. Mercantiles SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. IUS 817311 del MERCANTILES?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. IUS 817311 MERCANTILES desde tu celular