Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala
El artículo 21 del título especial del Código de Procedimientos Civiles en vigor, que establece que los Jueces de esa categoría deben juzgar a verdad sabida y en conciencia, no los autoriza para dejar de tomar en cuenta hechos comprobados durante el juicio para admitir como ciertos hechos que no lo fueron, para suponer la existencia de pruebas no aducidas, ni para dejar de expresar los fundamentos legales de su resolución
---
Registro digital (IUS): 817330
Fuente: Informes
Instancia: Tercera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; Informes; Informe 1934; Pág. 46
Amparo directo 3542/33. Compañía Cameron. Sociedad Cooperativa por Acciones. 25 de mayo de 1934. La publicación no menciona el sentido de la votación ni el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
Anterior
Art. IUS 817323. FACULTAD QUE EL ARTICULO 562 DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES DE 1884 CONCEDE AL JUEZ NO ES ABSOLUTA NI ARBITRARIA PORQUE ESTA SUJETA A REGLAS QUE DEBEN ACATARSE.
Siguiente
Art. IUS 817331. MORATORIO. SU CESACION.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo