MERCANTILES

Artículo IUS 817527. ACCION. ES UN ELEMENTO DE LA MISMA EL REQUISITO QUE ESTABLECE EL ARTICULO 88 DE LA LEY DE RELACIONES FAMILIARES.

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

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Texto Legal

ACCION. ES UN ELEMENTO DE LA MISMA EL REQUISITO QUE ESTABLECE EL ARTICULO 88 DE LA LEY DE RELACIONES FAMILIARES.

El requisito establecido por el artículo 88 de la Ley de Relaciones Familiares constituye un elemento de la acción que deben tener en cuenta los tribunales, para decidir sobre la procedencia o improcedencia de la misma. Dicho precepto impone al Juez, preferentemente, la obligación de estudiar si la acción está probada, y sólo subsidiariamente debe hacer la estimación de las excepciones que hubiere propuesto el reo, y de sus pruebas. Por tanto, no debe estimarse que el transcurso del término de seis meses, fijado en el propio artículo, deba invocarse como excepción, para tenerse en cuenta.

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Registro digital (IUS): 817527

Fuente: Informes

Instancia: Tercera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; Informes; Informe 1933; Pág. 317

Precedentes

Amparo directo 14225/32. Sandoval Vicente S. 31 de julio de 1933. La publicación no menciona el sentido de la votación ni el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 817527 del MERCANTILES?

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 817527 de la J. Mercantiles SCJN?

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