Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala
Si el que practica en una finca se ha inscrito en el registro Público de la Propiedad, con anterioridad a la fecha del registro del título traslativo de dominio de la misma en favor de una persona extraña al juicio en que se decretó el secuestro, éste surte sus efectos legales contra dicho adquirente, quien queda obligado a respetarlo.
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Registro digital (IUS): 817577
Fuente: Informes
Instancia: Tercera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; Informes; Informe 1932; Pág. 297
Amparo en revisión 967/29. Ramírez Gregoria. 11 de enero de 1932. La publicación no menciona el sentido de la votación, ni el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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