MERCANTILES

Artículo IUS 817635. VERDAD LEGAL.

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

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Texto Legal

VERDAD LEGAL.

No es contraria a la interpretación jurídica del artículo 641 del Código de Procedimientos Civiles de Jalisco, la admisión de un incidente en un juicio que se halla en estado de ejecución de sentencia, procedimiento por el cual se pretenda obtener la reducción de lo debido al amparo de los artículos 175 y 4o., transitorio del Código Agrario, por haberse constituido una afectación en el predio hipotecado, porque el artículo 755 del mismo código procesal prevé el caso de que se puedan oponer defensas en contra de la ejecución de la sentencia, siendo una de ellas la reducción del crédito por afectaciones agrarias.

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Registro digital (IUS): 817635

Fuente: Informes

Instancia: Tercera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; Informes; Informe 1937; Pág. 87

Precedentes

Amparo en revisión 4142/36. Cortés Guillermo. 28 de abril de 1937. La publicación no menciona el sentido de la votación ni el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 817635 del MERCANTILES?

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 817635 de la J. Mercantiles SCJN?

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