Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala
La entrega de los inmuebles y por ende, la posesión de los mismos por parte del adquirente, se presume, salvo prueba en contrario, que desvirtúe la presunción, cuando se ha otorgado, y, en su caso, entregado el título traslativo de la propiedad.
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Registro digital (IUS): 817660
Fuente: Informes
Instancia: Tercera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; Informes; Informe 1933; Pág. 356
Amparo en revisión. 1954/32. De Lucio José. 14 de enero de 1993. La publicación no menciona el sentido de la votación ni el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. IUS 817659. IMPROCEDENCIA DE LA VIA EJECUTIVA.
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Art. IUS 817661. LETRA DE CAMBIO.
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