MERCANTILES

Artículo IUS 817665. MORADA CONYUGAL.

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

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Texto Legal

MORADA CONYUGAL.

Para que el inmueble que constituye la morada conyugal esté exceptuado de gravamen, en los términos del artículo 284 de la Ley de Relaciones Familiares, es necesario que su valor catastral no exceda de diez mil pesos y que el documento que ampara su propiedad conste inscrito en el Registro Público, como una limitación que entraña el dominio del propio inmueble.

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Registro digital (IUS): 817665

Fuente: Informes

Instancia: Tercera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; Informes; Informe 1933; Pág. 365

Precedentes

Amparo directo 2556/31. Panza de Cervantes Olivera Josefina. 31 de mayo de 1933. La publicación no menciona el sentido de la votación ni el nombre del ponente.Nota: Esta tesis se ha sustentado con anterioridad en diversos asuntos.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 817665 del MERCANTILES?

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 817665 de la J. Mercantiles SCJN?

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