MERCANTILES

Artículo IUS 817715. POSESION A FAVOR DE UNA SOCIEDAD.

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

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Texto Legal

POSESION A FAVOR DE UNA SOCIEDAD.

Una entidad moral puede poseer perfectamente bienes materiales por conducto de su representante o gerente, y en esta virtud, para concederle el amparo, porque se la priva de su posesión, sin oírla en juicio, no es necesario que se acredite el derecho a dicha posesión, sino que basta que se alegue ese derecho y que la compañía quejosa prueba que está en posesión material de los bienes, por conducto de su representante.

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Registro digital (IUS): 817715

Fuente: Informes

Instancia: Tercera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; Informes; Informe 1933; Pág. 377

Precedentes

Amparo en revisión 315/32. Ponga Tuero Julián, por sí y como gerente de la Compañía Industrial y Comercial Tlaxcalteca, S. A. 25 de febrero de 1933. La publicación no menciona el sentido de la votación ni el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 817715 del MERCANTILES?

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 817715 de la J. Mercantiles SCJN?

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