Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala
Si por razón de la cuantía, el juicio en que se interpuso el recurso de súplica no debió tener segunda instancia, dicha súplica es improcedente, aunque se haya hecho valer contra la sentencia de segunda instancia que indebidamente fue sustanciada.
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Registro digital (IUS): 817744
Fuente: Informes
Instancia: Tercera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; Informes; Informe 1933; Pág. 398
Súplica 8/30. Compañía Bancaria de Hipotecas y Préstamos, Sociedad Cooperativa de Responsabilidad Limitada. 22 de marzo de 1933. La publicación no menciona el sentido de la votación ni el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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